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Archive for May 14, 2010

Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales (Uruguay)

Hace un año se creaba la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales de Uruguay. La misma ordenó la normativa y en ese primer año recibió todas las bases de datos de empresas y terceros, a los efectos de ragularizar las mismas y que se respetaran los Derechos Fundamentales de la Ley 18.331.

Ahora ha presentado una Memoria de lo realizado en su primera etapa, que se celebrara el 13 de mayo de 2010 en el Palacio Legislativo.

Se contó con la presencia del Sr. Emilio Aced  Félez, Subdirector general del Registro de Ficheros y Consultoría  de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

Un año de Protección de Datos Certificados

Mobbing & eMobbing. Conceptos

Hace tiempo ya que el acoso moral y laboral  cuenta con una definición encausada en una palabra: Mobbing.

De acuerdo a Wikipedia, «es tanto la acción de un hostigador u hostigadores conducente a producir miedo o terror en el trabajador afectado hacia su lugar de trabajo, como el efecto o la enfermedad que produce en el trabajador. Esta persona o grupo de personas reciben una violencia psicológica injustificada a través de actos negativos y hostiles en el trabajo por parte de sus compañeros (entre iguales), de sus subalternos (en sentido vertical ascendente) o de sus superiores (en sentido vertical descendente, también llamado bossing, del inglés boss, jefe). Dicha violencia psicológica se produce de forma sistemática y recurrente durante un tiempo prolongado, a lo largo de semanas, meses e incluso años, y a la misma en ocasiones se añaden «accidentes fortuitos», y hasta agresiones físicas en los casos más graves.»

El problema es cuando el mobbing trasciende el ámbito de trabajo, y el mismo acoso se transforma en eMobbing o «mobbing a distancia» lo que multiplica el daño causado, porque en este caso se agrega un elemento psicológico que es determinante para producir un daño mayor en la víctima: La invasión de su privacidad, especialmente si el daño se produce cuando el trabajador se encuentra en su domicilio.

En estos casos, se recomienda:

  1. Entender, que no es culpa de uno sino mala acción de los otros.
  2. Hacer la denuncia a las autoridades (siempre)
  3. Y, si se entiende que los superiores no han respaldado, es mucho más sano, renunciar y retirarse (luego de la denuncia)

A veces, retirarse es lo más sano, pero siempre luego de hacer la denuncia